Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado RONALD JOSE ORTEGA BOLIVAR, Venezolano, Natural de Cabimas, de profesión obrero, titular de la cedula de identidad numero 12.595.077, de 27 años de edad, Fecha de Nacimiento 08-07-72, hijo de Luis Méndez y de Esterminda Bolívar, residenciado en el Barrio Santa Rita, frente al Abasto El Triunfo, casa sin numero, Cabimas Estado Zulia,, a cumplir la pena de un (1) años de prisión, mas Las Penas Accesorias de ley que contienen los Artículos 16 del Código Penal, esto es, (*) La Inhabilitación política durante el tiempo de la condena y (*) La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada ésta y 266 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de ROBO SIMPLE EN .....