Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento, criterio jurisprudencial NO. 693/15 de fecha 02/06/2015 dictado por Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, instaurado por los ciudadanos, OSWAR ENRIQUE SOTO MELENDEZ y BEYNI LUCIA FUENTES AYAZO, titulares de la cedula de identidad No. V-15.405.497 y V-13.742.364, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio Abel De Jesús García Ulloa, inscrito en el Inpreabogado No. 282.359, todos de este domicilio, en consecuencia Se declara disuelto en divorcio, el vinculo matrimonial que contrajeran en fecha 16 de Agosto del 2017, por ante el Registrador Civil de la parroquia Antonio Borjas Rom.....