DISPOSITIVO
Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. CON LUGAR, la cuestión previa contenida en el ordinal 10° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, propuesta por la representación judicial de la sociedad mercantil PROBUS CENTRO DE DIAGNOSTICO INTEGRAL, .C.A., ya identificada en actas.
2. SE EXTINGUE, el presente juicio en lo que se refiere a la solicitud de NULIDAD DE CONTRATO DE COMPRAVENTA Y NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA, incoado por el ciudadano LEONARDO ORTA PAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.727.430, contra la sociedad mercantil PROBUS CENTRO DE DIAGNOSTICO INTEGRAL, .C.A., ASÍ SE DECIDE.
3. SE CONDENA EN COSTAS, a la parte actora, por resultar vencida en la presente incidencia. ASÍ SE ESTABLECE.-
Publíquese, regístrese y no.....