Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, garantista del debido proceso, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, CONDENA al Adolescente Se omite en virtud del principio de la Confidencialidad. Art.545 LOPNA , venezolano, de dieciséis (16) años de edad, sin identificación personal, hijo de HAYDEE AÑEZ Y RAFAEL RAMIREZ, nacido el 10-06-1986, residenciado en el Barrio El Paraíso, calle 78, al lado del abasto de la Sra. Yoleida, Maracaibo Estado Zulia, actualmente en libertad, bajo Medida Cautelar de conformidad con el Literal “c” del Artículo 582 de la Ley Especial. a cumplir las sanciones de AMONESTACION prevista en el Artículo 623 de la Ley Especial y REGLAS DE CONDUCTA contemplada en el Artículo 624 de la Ley Especial, con un plazo de cumplimiento de UN (1) AÑO, en forma simultánea, como AUTOR en el deli.....