PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la solicitud de CURATELA, intentada por el ciudadano BASILIO LUIS BUCETE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.064.553.
• SE DESIGNA COMO CURADOR AD HOC de la adolescente NICOLE PATRICIA BUCETE ROSILLO y de la niña CRISTINA ISABEL BUCETE ROSILLO, al ciudadano FARID EDUARDO ARENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.127.090.
Publíquese, regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría, a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el 1.384 del Código Civil y los numerales 3 y 9 del artículo.....