Por todos los fundamentos anteriormente expresados y en consideración a que fueron ADMITIDOS LOS HECHOS impuestos por el Fiscal Auxiliar Decimosexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en sus alegatos de acusación, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al ciudadano JUAN FRANCISCO CARO MUÑOZ, quien dijo ser de nacionalidad colombiana, natural de Calendario, Municipio Mompo, Departamento de Bolívar de la República de Colombia, nacido en fecha 27/07/1.942, de 70 años de edad, titular de la cédula de identidad No. V- E- 81.758.231, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, residenciado en el sector Andrés Eloy Blanco, calle 8, casa N° 5-123, en donde venden bombonas, Parroquia San Carlos, Municipio Colón del Estado Zulia, a cumplir .....