En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, por todos lo fundamentos de hecho y derecho plasmados anteriormente declara EXTINGUIDO el juicio que por DIVORCIO siguió ante este despacho el ciudadano JUAN CARLOS MÁRQUEZ MOLINA, venezolano, mayor de dad, titular de la cédula de identidad No. V-4.990.031, domiciliado en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, contra la ciudadana LEIDE MORELA MENDEZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.689.218, domiciliada en el Municipio Machiques de Perijá del Estado Zulia, el cual fue basado en la causal Segunda del Artículo 185, y admitido cuanto ha lugar en derecho en fecha 22 de Mayo de 2015, manteniendo en todo su vigor el matrimonio celebrado por dichos ciudadanos el día 18 de noviembre de 1989, por ante la Prefectura del Municipio Libertad, Municipio Machiques de Perijá del Estado Zulia, s.....