el Tribunal declara la Ejecución Forzosa del Convenimiento de fecha 17 de Septiembre de 2008 y homologado por este Juzgado en fecha 23 de Septiembre del mismo año, razón por la cual se ordena la entrega material al ciudadano DEUDELIO GARCÍA BARROSO, titular de la cédula de identidad N° 9.705.088, del bien dado en garantía conformado por un inmueble propiedad de la ciudadana ESLY CHIQUINQUIRA CAMACHO WATT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.- 9.723.863, constituido por una casa para habitación, compuesta por sala-comedor, cocina, tres habitaciones en la parte baja y una en la parte alta, tres baños, garaje techado, todo construido con paredes de bloques de arcilla, totalmente frisada, pisos de cemento con cerámica, inmueble ubicado en la Urbanización Los Criollitos, distinguido con el No.- 10, jurisdicción de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, alinderado de la siguiente forma: NORESTE: con vialidad interna Los Criolli.....