Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA DE DIVORCIO ORDINARIO, incoado por el ciudadano YENDER YESSIE PEREIRA URDANETA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-16.846.031, domiciliado en el municipio Miranda del estado Zulia, en contra de la ciudadana NABRUSKA BEATRIZ SANCHEZ PARRA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-18.633.905 domiciliada en el municipio Miranda del estado Zulia.
• APROBADO Y HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, en consecuencia, se declara terminado el procedimiento por motivo de .....