En mérito a las razones antes expuestas, este Juzgado Duodécimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA ENTREGA MATERIAL del vehículo CLASE AUTOMÓVIL, TIPO SEDAN, MARCA DAEWOO, MODELO: CIELO GLX SINCR, SERIAL DE CARROCERÍA: KLATF19V1TC507586, SERIAL DE MOTOR: A15MF235615, COLOR GRIS, AÑO: 1996, PLACAS: VAG-33M, USO PARTICULAR, al ciudadano GINO MONCINI, portador de la Cédula de Identidad N° 8.702.782 con domicilio en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, quedando sujeto a la obligación de presentar el citado vehículo por ante este Juzgado y/o el Ministerio Publio cada vez que le sea requerido, para lo cual deberá mantener actualizada su domicilio procesal a los efectos legales consiguientes, todo de conformidad con lo establecido en el Único Aparte del Artículo 311 Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el Articulo 13 de la Ley de Bienes de M.....