DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados, BERNARDO RAMÓN VELASQUEZ y JOSÉ GREGORIO RONDÓN OLMOS, Inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 84.586 y 53.629, respectivamente, actuando en su carácter de Defensores Privados del acusado ROBERTO SEGUNDO MENESES. SEGUNDO: CONFIRMA la Sentencia N° 026-05, dictada en fecha 30 de noviembre de 2005 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, constituido con escabinos, mediante la cual condenan al referido penado a cumplir una pena de diez (10) años de presidio, más las accesorias de ley por considerarlo Cómplice Necesario del delito de Homicidio Calificado previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° en concordancia con el .....