DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición propuesta por la Dra. ARACELIS BEATRIZ PACHECO BRACHO, actuando en su carácter de Jueza Primera de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, mediante la cual se inhibe de conocer la causa signada con el N° VK11-P-2003-000044, seguida en contra de los acusados Tony José Pacheco, José Luis Sangronis y Luis Felipe Bríñez, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA, previstos y sancionados en los artículos 460 y 278 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del ciudadano Ramón José Camacho Tua; de conformidad con lo establecido en el artículo 86 numerales 7 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 87 ejusdem......