En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesionales del derecho JOAQUIN PORTILLO RIVAS, en su carácter de Defensor de los imputados ADOLFO JOSE GONZALEZ, LUIS MANUEL BOSCAN GARCIA Y JOSE DEL CARMEN GONZALEZ, contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 15 de agosto de 2003 en la cual le decreta Privación Judicial preventiva de libertad, por el delito de SECUESTRO, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano EBRAHIM EL YABER y el primer de los imputados mencionados además de dicho delito, se encuentra incurso en la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA, previsto y sancionado en el artículo 278 d.....