DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA POR IMPROCEDENTE LA MEDIDA SOLICITADA (REGIMEN ABIERTO) a los penados GELVIS ANTONIO ARRIA VENTURA, Venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 12-12-85, titular de la Cédula de Identidad No. 21.487.466, estado civil soltero, profesión u oficio Herrero, residenciado en el Kilometro 14, vía a la Concepción, Barrio Las Mercedes, casa S/N Y DANIEL SEGUNDO ARRIA VENTURA, Venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 04-08-83, de 25 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio Herrero, titular de la Cédula de Identidad No. 17,415,561, residenciado en el Kilometro 14, vía a la Concepción, Barrio Las Mercedes, AV: Principal, casa S/N a 500 metros del Abasto la Unión, Municipio Jesús Enrique Losada-Estado Zulia, actualmente recluido.....