Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado LUIS ALBERTO ESCALANTE GIRALDO, de Nacionalidad Venezolana, Natural de Santa Bárbara del Zulia, Estado Civil Soltero, de 31 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.159.744, Profesión u Oficio Buzo Industrial, hijo de AMPARO GIRALDO y ENRIQUE ESCALANTE, residenciado en el Barrio San Agustín, Calle 01, Casa No. 09, Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas, Estado Zulia, quien fue condenado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, conforme al procedimiento de admisión de los Hechos, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL,.....