Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, procede a ejecutar la sentencia dictada en contra de los penados: PRIMERO: ERICK RAMON RODRIGUEZ QUIROZ, venezolano, natural de Cabimas Estado Zulia, de 20 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, titular de la cedula de identidad N° 18.484.630, hijo de Ciro Rodríguez y Nola Quiroz, residenciado en: Sector La Misión, callejón San Bartola, casa N° 18-B, cerca del antiguo Colegio de Abogados, Cabimas Estado Zulia y SEGUNDO: ALIRIO JESUS GUTIERREZ SEGOVIA, venezolano, natural de Cabimas Estado Zulia, de 18 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad N° 24.954.359, hijo de Alirio Gutiérrez y Nancy Segovia, residenciado en: Sector La Mision, callejón La Marvina, casa sin numero, en la calle queda un Restaurante llamado La Grotta, Cabima.....