Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Revoca, la Medida Cautelar Sustitutiva acordada al ciudadano JOSE GREGORIO MARQUEZ BRACHO, Venezolano, natural de Casigua, El Cubo, Municipio Jesús María Semprún del Estado Zulia, de 33 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.975.346, soltero, radiólogo, Hijo de Pedro Márquez y de Mística de Márquez, y residenciado en Las Rurales, calle 2, casa sin numero, cerca de la Boutique Nelly, Casigua El Cubo, Municipio Jesús Maria Semprún del Estado Zulia, mediante decisión N° 0972-2008, de fecha 10 de Noviembre de 2008, por cuanto no compareció injustificadamente para el acto de Audiencia Preliminar, fijado para ésta misma fecha, a pesar de haber sido citado, y po.....