Por todos los antes expuesto, y con fundamento en los elementos de convicción presentados, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda medida cautelar Sustitutiva al ciudadano NEPTARIO ANGEL CABRERA, de nacionalidad venezolana, natural del Municipio Catatumbo del Estado Zulia, nacido el día 28 de octubre de 1961, de 47 años de edad, casado, pescador, titular de la cédula de identidad N° V.-13.174.370, hijo de ROBERTINA CABRERA y ANGEL CESAR SOTO, y residenciado en el Sector El Congo Mirador, cerca de la Iglesia, del Municipio Catatumbo del Estado Zulia, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo dispuesto con el articulo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con e.....