Por los fundamentos antes expuestos, éste JUZGADO DÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda el CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, decretada por este Tribunal en fecha 11/01/06, mediante Decisión Nº 008-06, en la presente Causa signada con el Nº 10C-008-06 y correspondiente a la Investigación N° 24-NN-F35-0009-06, seguida por Fiscalía Trigésima Quinta (35º) a Nivel Nacional con Competencia Plena del Ministerio Público, a los Ciudadanos YESSID HERMÓCRATES SEMPRÚN GONZÁLEZ y JIMMY ANTONIO LÓPEZ PARRA, por la presunta comisión del Delito de CONTRABANDO, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, en virtud de que la referida Fiscalía en fecha 24/04/08, a decretar el Archivo Fiscal de las Actuaciones, conforme a lo establecido en el Artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese la presente Decisión, Notifíquese a las partes y Ofíc.....