SE DECRETA PRIMERO: Se ADMITE EL ESCRITO DE ACUSACION, interpuesto en fecha 04 de Agosto de 2005, por la Fiscal Novena del Ministerio Publico ABOG. EGLE PUENTES ACOSTA, y la Fiscal Auxiliar Noveno del Ministerio Público, ABOG. MARBELY GONZALEZ OLAVEZ, en contra de los ciudadanos LINO MANUEL PEROZO y NELSON ENRIQUE ALVAREZ VILLASMIL, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano MARCOS CASTILLO. SEGUNDO: Vista igualmente las pruebas ofrecidas por el Ministerio Publico este Tribunal Admite las mismas por cuanto estas han sido ofrecidas en tiempo oportuno y por considerarlas legales, licitas, pertinentes y necesarias para la celebración del Juicio Oral, las cuales se encuentran contenidas en el Escrito Acusatorio, inserta en la presente causa, declarándose igualmente el principio de la comunidad de las pruebas en beneficio de ambas partes, ya que las pruebas pasan a ser del proceso y no de las p.....