se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la presente causa, seguida contra de los acusados MARCOS SÁNCHEZ, JESUS MEDINA, ALCIDES MOGOLLON Y ROLANDO RIVAS, por cuanto así lo ha solicitado el representante del Ministerio Público en este acto, EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal.