JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la medida de prohibición de enajenar y gravar solicitada por el bogado Cesar Farías, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 80.588, actuando en su condición de apoderado judicial del FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPOSITOS BANCARIOS, sobre un (1) inmueble propiedad de la ciudadana Jacqueline del Valle Luzardo Inciarte, constitutito por un Apartamento distinguido con el Nº 12-A, situado en el piso 12 del Edificio San Timoteo (Torre Este) que junto con el Edificio San Lorenzo (Torre Oeste) forman el Conjunto Residencial y Comercial La Ceiba, ubicado en la Calle 64, antes Calle San Benito y Avenida 4, Sector Bella Vista en la ciudad de Maracaibo, Municipio Coquivacoa, Distrito Maracaibo del Estado Zulia, adquirido segú.....