PRIMERO: INADMISIBLE POR INEPTA ACUMULACIÓN DE PRETENSIONES, el presente recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado HUGO ENRIQUE ABELLO GONZALEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 209.385, en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos LEONEL GONZALEZ RIOS y REINALDO FERNANDEZ contra el INSTITUTO AUTONOMO POLICÍA DEL MUNICIPIO MARA.
SEGUNDO: Se ESTABLECE que aquellos ciudadanos que actuaron como querellantes en la presente causa, podrán interponer nuevamente, y en forma individual, sus respectivas querellas contra el INSTITUTO AUTONOMO POLICÍA DEL MUNICIPIO MARA, a partir de que conste en autos la última de las notificaciones de la presente decisión.
El Tribunal no hace especial pronunciamiento en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento C.....