• APROBADO y HOMOLOGADO: el convenio celebrado entre los ciudadanos KENYA RONNELYA NUÑEZ FUENMAYOR y AMANCIO GERARDO GONZALEZ FUENMAYOR, titulares de las cedulas de identidad N° V- 20.676.031 y V- 15.163.443, respectivamente, en beneficio de la niña SE OMITE EL NOMBRE DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y/O ADOLESCENTES POR RAZONES DE CONFIDENCIALIDAD, en consecuencia, se le da el carácter de cosa juzgada formal más no material.
• El ciudadano AMANCIO GERARDO GONZALEZ FUENMAYOR, ya identificado, entregara la cantidad de Doscientos Cincuenta Bolívares (Bs.250°°), semanales, en especies, a entera satisfacción de la progenitora, la cual deberá darle un recibo en señal de conformidad de haber recibido dichos alimentos.
• En cuanto a los gastos de Salud (Consultas médicas, medicinas, exámenes de laboratorio etc) el progenitor contratara antes del 1° de mayo del año en curso 2013 una póliza de seguros H.C.M. Las consultas que no cubra el seguro serán canceladas en un cien por ciento (100%), por la prog.....