a) CON LUGAR la demanda de REVISIÓN DE SENTENCIA DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN POR DISMINUCIÓN, propuesta el ciudadano DARWIN ROUSSBEL LONG, en contra de la ciudadana VICKY AMOR GARCÍA CARRILLO, ya identificados. Ahora bien para establecer el monto de la pensión alimentaría esta Juez Unipersonal Nº 2, atendiendo a la capacidad económica del obligado alimentario, fija como pensión de manutención mensual la cantidad de MIL DOSCIENTOS CATORCE BOLÍVARES CON VEINTIDÓS CÉNTIMOS (Bs.1214,22). En el mes de agosto de cada año, para los gastos de útiles escolares, uniformes, inscripciones y aquellos propios del inicio del año escolar se fija la cantidad adicional de MIL NOVESCIENTOS VEINTIOCHO BOLÍVARES CON CINCUENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 1928,57). En relación a los gastos médicos y de salud, deberán ser cubiertos por ambos progenitores en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) cada uno. Asimismo, en el mes de diciembre de cada año, a fin de cubrir los gastos de navidad y fin de año se fija la cantidad ad.....