Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Juez Unipersonal Nº 02, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
a) CON LUGAR la solicitud de JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR, presentada por la ciudadana KARLA ANDREINA FRANCO SANCHEZ, en relación al niño (Identificación omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), y en consecuencia, se declara al niño antes mencionado, como carga familiar de la ciudadana KARLA ANDREINA FRANCO SANCHEZ.
b) Se ordena expedir una copia certificada de la presente resolución.
c) Se ordena oficiar a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM) a los fines de notificarle sobre la presente decisión.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Nº 2, del Tribunal de Protección de Niños.....