decide:
a) NEGAR la solicitud de reposición de la causa al estado de admitir la presente demanda de Nulidad de Partida, solicitada por el abogado MELQUÍADES PELEY, en su carácter de Defensor Ad-Litem de los ciudadanos MARINUS JOHANNES SCHREUDER, HERMELINDA GAMEZ DE SCHREUDER y BEATRIZ COROMOTO ROJAS, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia, en el presente juicio de Nulidad de Partida a favor de la niña DESIRE SCHREUDER GAMEZ, intentada por la Abogada EDY LUZ SAEZ VILORIA, en su carácter de Fiscal Trigésimo Segunda del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Protección del Niño, Adolescente y Familia de la circunscripción Judicial del Estado Zulia.