Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
1.- CON LUGAR la demanda de REIVINDICACIÓN, interpuesta por el ciudadano LUIS DANIEL RODRÍGUEZ ODUBER, en contra de las Sociedades Mercantiles TRANSPORTE ANFI, C.A., y la Sociedad Mercantil CONCRETOS Y CONSTRUCCIONES ALTAGRACIA, C.A. (CONALCA), antes identificados; en consecuencia:
a.-) Se acuerda la restitución a la parte demandante a la parte demandante ciudadano LUIS DANIEL RODRÍGUEZ ODUBER, del inmueble ubicado al margen de la carretera que conduce de los Puertos de Altagracia al Sector Punta de Leiva, jurisdicción de la Parroquia Altagracia, Municipio Miranda del Estado Zulia, adquirido por documento registrado ante el Registro Público del Municipio Miranda del Estado Zulia, en fecha 07 de marz.....