En el juicio de DIVORCIO seguido por RAMON ANTONIO CATARI MORA en contra de LEDY DEL CARMEN CARRASCO VASQUEZ, medida de embargo preventivo sobre el cincuenta por ciento (50%) de los conceptos: Prestaciones Sociales, bonos de adelanto de prestaciones sociales, intereses de prestaciones sociales, fideicomiso e intereses, Caja de ahorro, vacaciones y bono de transferencia, que le pueda corresponder al ciudadano RAMON ANTONIO CATARI MORA, antes identificado, en su condición de trabajador al servicio de la empresa PDVSA, en caso de retiro, despido, jubilación, muerte o por la causa que fuere como trabajador de dicha empresa; remítase las cantidades de dinero retenidas en Cheque de Gerencia a la orden de este Tribunal.-
Para la ejecución de las Medidas decretadas, se comisiona suficientemente al Juzgado Distribuidor Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Almiranta Padilla, Mara y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Líbre.....