En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
a) HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO formulado por la parte demandante, en el juicio de ALIMENTOS, seguido por ANGIE MAILEN GRATEROL CARVAJAL en contra del ciudadano GABRIEL ANTONIO SULBARAN VERGARA, ya identificado, por ante este Juzgado, en fecha 01 de febrero de 2011, da su aprobación al mismo, pasándolo en autoridad de cosa juzgada.
B) No hay condenatoria en costas en virtud de que la homologación obedece a la propia voluntad de las partes.-