este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DEL ESTADO ZULIA, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara a los ciudadanos BRIGIDA MARLENE BRACHO DE VILLALOBOS, CYNDI YOLANDA, CHRISTIAN JOSE, SOLANGY CHIQUINQUIRA VILLALOBOS BRACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.- 7.609.493, 16.212.351, 17.183.396, 23.885.405, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEOS del Ciudadano GEORGY JOSE VILLALOBOS BRIÑEZ