en consecuencia se SUSPENDE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada por este Juzgado en fecha 05 de febrero de 2004 y participada según oficio No. 0146-04 de fecha 05/02/2004 ante el Registrador Subalterno del Primer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, recaída sobre un inmueble ubicado en la avenida 2ª, No. 60-187 (antiguamente calle Coquivacoa), en jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos (antes Municipio Coquivacoa), de esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, cuyo terreno mide diez metros cincuenta centímetros (10.50 mts) por su frente al OESTE, que queda por la expresada calle, diecisiete metros (17 mts) por su fondo al ESTE, que colinda con una cañada y paso público; cuarenta y dos metros (42mts) por su lado NORTE y linda con casa y terreno que es o fue de ELENA ROJAS; y treinta y cinco metros (35 mts) por su lado SUR y colinda con casa de Manuel Pérez supuestamente adquirido por la ciudadana SUSANA SOFIA VILLACRECES seg.....