declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN propuesta por la ciudadana MILAGRO URDANETA ACOSTA, en consecuencia, se ordena rectificar el acta de defunción signada bajo el Nº 176, perteneciente al fallecido JOSE ANGEL URDANETA, inserta el día diecisiete (17) de Septiembre de 1993, ante la Jefatura Civil de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en el sentido siguiente: en su contenido, donde se lee: "...deja siete hijos nombrados Milagros, Haidee, Williams, Elena, Gregorio, Thais y Luis Alberto...", debe leerse "...deja siete hijos nombrados Milagros, Haidee, Williams, Elena, José Gregorio, Thais y Luis Alberto ...".
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la acción.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada de este fallo en el Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Primero d.....