Por los fundamentos expuestos, este Juzgado, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos, ORLANDO ANTONIO VILLALOBOS ARRAGA y MARITZA DEL CARMEN CORONADO DE VILLALOBOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 3.382.699 y 7.734.484, respectivamente, domiciliados en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en fecha once (11) de septiembre del año mil novecientos sesenta y cinco (1965), ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 298, acompañada a los autos en copia certificada.
Dejándose constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados, manifestaron que procrearon cinco (05) hijos de nombre ORLANDO JOSÉ, FANNY JOS.....