Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
• DECLARAR LA INTERDICCIÓN CIVIL DEFINITIVA del Ciudadano REINALDO ANTONIO MEDIANA SALAZAR; venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-24.431.412, de veintitrés (23) años de edad.
• Se DESIGNA como su tutora, a su progenitora, la ciudadana CARMEN LUISA SALAZAR DE MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.702.933, domiciliada en el municipio Lagunillas del Estado Zulia.
• Se ORDENA a la Tutora designada, que deberá registrar la presente decisión por ante la Oficina Municipal de Registro del Municipio Lagunillas del estado Zulia, conforme a lo previsto al ordinal 7° del articulo 3 de la Ley.....