DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Se abstiene de otorgar la Medida solidada por el Ministerio Publico, en contra del ciudadano JOEL JOSE UZCATEGUI, de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento 30-08-1978, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, titular de la cédula de identidad No 17.414.225, hijo de los ciudadanos RINA VIELMA Y JOSE UZCATEGUI, con residencia en el Barrio Estrella del Lago, Calle 177, Casa N° 73G-01 a 50 metros del Bar La Morenita, Maracaibo Estado Zulia, y remitir la causa al Tribunal de Origen por cuanto la Orden de Aprehensión fue dictada por el Tribunal Segundo de Control de desde Circuito Judicial y ORDENA que sea trasladado el día LUNE.....