Por todo lo anteriormente expuesto este JUZGADO PRIMERO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION FISCAL, presentada por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, en contra del Acusado MARVIN IVAN COLINA HERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad No V- 14.833.195, fecha de nacimiento 29-11-1979, hijo de IVAN COLINA Y MARITZA HERNANDEZ, residenciado en el Barrio 19 de abril, manzana 4, casa sin número a 300 metros de la cauchera 19 de abril. Casa de bloques frisados y cerca de laminas de zinc, Maracaibo, Estado Zulia, por la comisión del delito de Acoso u Hostigamiento, previsto y sancionado en el Artículo 40 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, .....