DISPOSITIVO:
Por todos los razonamientos expuestos este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley: DECRETA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, ordenando el EMBARGO DEL TREINTA POR CIENTO (30%) DE LOS CREDITOS LITIGIOSOS, porcentaje éste calculado en función de la proporción que representa la cantidad demandada por concepto de honorarios profesionales, es decir, la suma de VEINTIUN MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLIVARES (Bs. 21.693.888,00), sobre la cantidad condenada a pagar a favor del ciudadano DANIEL RIOS CORONEL, es decir, sobre la suma de SETENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS SESENTA BOLIVARES (Bs. 72.312.960.00)
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo di.....