Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: PRIMERO: SE REVOCA: La Medida Cautelar Sustitutiva de libertad al ciudadano FELIX MARIA BASABE, venezolano, con fecha de nacimiento 13-03-1933, con 71 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.660.404, residenciado en la calle Verdum, casa s/n, al lado del parque Infantil, El Batey, Municipio Sucre del Estado Zulia, impuesta por este tribunal en Audiencia de presentación como imputado de fecha 12-10-2004, conforme al artículo 256 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, con fundamento a lo establecido en el artículo 262 numerales 1, 2 y 3 iusdem, en relación con el artículo 250 del mismo código. SEGUNDO: Se Ordena la Aprehensión Judicial del nombrado ciudadano y se activa su detención a través de los.....