DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar la Aprehensión en Flagrancia, de conformidad con lo establecido en el articulo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia SEGUNDO: Se declara sin lugar lo solicitado por la defensa Publica y DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano MIGUEL ANTONIO CABALLERO PRASCA, de nacionalidad Colombiana, fecha de nacimiento 21-02-1972, de estado civil Concubino de profesión u oficio Vigilante, titular de la cédula de identidad Colombiana N°92.517.571, hijo de los ciudadanos YOLANADA PRASCA Y MIGUEL CABALLERO, con residencia en el sector El Conuco Finca Danuvio, Machiques, Esta.....