Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara a la ciudadana LUZ RUCELY TORO DE ALASTRE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-18.795.391, domiciliada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, así como a los ciudadanos ALI ENRIQUE ALASTRE TORO, ALISMAR YANETH ALASTRE TORO, ALI JUNIOR ALASTRE TORO, ANLISS RUSHMERY ALSTRE PEREZ y al menor (CUYO NOMBRE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA), en su carácter de esposa e hijos, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano: ALI SEGUNDO ALASTRE LEAL, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.004.282 y quien falleció Ab-Intestato en fecha 15 de Enero de 2011. Se dejan a salv.....