DECLARA:
¿ APROBADO Y HOMOLOGADO el acuerdo de fecha 27 de marzo de 2012; suscrito por ambas partes, ciudadanos NORELIS YASMIN POLANCO FUENMAYOR y RICARDO CORTEZ DAVILA, debidamente asistidos la primera por la abogada en ejercicio LASSISTER PÉREZ CARRILLO IMPREABOGADO N° 23.038, y el segundo por el abogado en ejercicio CARLOS PIRELA CASADIEGO, INPREABOGADO N° 37.912..-
¿ En consecuencia, se acuerda suspender las medidas preventivas decretadas por éste Despacho, en fecha 01 de diciembre de 2008, y ejecutadas el día 15 de diciembre de 2011, por el Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla, y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Por tal motivo, se acuerda oficiar a Empresa CERVECERÍA POLAR C. A., a los fines de que se sirvan suspender las mismas.-