DISPOSITIVO:
En consecuencia, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia por autoridad de la Ley, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, declara:
1.- CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional incoada por la ciudadana AURA ELENA MARMOL DE MORILLO, en contra de la empresa FADBY MADSURCA, C.A.
2.- SE ORDENA a la empresa FADBY MADSURCA, C.A, cumpla con lo ordenado en la Providencia Administrativa N° 229, de fecha 30 de junio de 2010, del Expediente N° 042-2010-01-00291, que declaró CON LUGAR LA SOLICITUD DE REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS, incoada por la ciudadana: AURA ELENA MARMOL DE MORILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-4.516.924, contra de la sociedad mercantil FADBY MADSURCA, C.A, y se ordena a la patronal reponer a la mencionada ciudadana a sus labores habituales de trabajo con .....