Por todo lo anteriormente expuesto, éste JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: ACUERDA declarar la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, y por ello ordenar el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del ciudadano ERWIN JOSE MARTINEZ PIÑA, de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento 28-10-82, de 28 años de edad, Titular de Cédula de Identidad Nº V.- 15.889.945, Soltero, de profesión u oficio Técnico en Médico Cirujano, domiciliado en el Urbanización San jacinto, sector 10, Calle 4, Vereda No.1, Casa No,18, Municipio Maracaibo, estado Zulia, teléfono: 0414-3649915, por la comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el Artículo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, donde resulto víctima la ciudadan.....