Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL impuesta al JAVIER ENRIQUE BRICEÑO GARCIA, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 35 años de edad, de fecha de nacimiento 26-06-73, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº. 12.211.348, hijo de Reinaldo Briceño García y Laura García, residenciado en el sector 1º de Mayo, calle o Av. Principal Nº 22, casa S/N diagonal al Deposito 1º de Mayo, Maracaibo Estado Zulia, quien fue condenado en fecha 06-08-2004, por el Juzgado Sexto en funciones de Control, conforme al procedimiento por Admisión de hechos, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias de Ley por la comisión del delito de ROBO PROPIO, previ.....