Por los fundamentos amplia y claramente expuestos con anterioridad, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• PERIMIDA LA INSTANCIA y por consiguiente, EXTINGUIDO el presente proceso de ALIMENTOS, intentada por la ciudadana BEIRA ROSA PORTILLO DE BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.162.108, contra el ciudadano JOSE GREGORIO BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.167.366, todos de este domicilio.-
• Se ordena notificar a las partes en la forma antes prevista.
• NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, de conformidad con la normativa estatuida por el legislador venezolano en el artículo 287 del vigente Código de Procedimiento Civil.-