DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con lo establecido en los Artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos DANIEL GERSON BÁEZ GONZALEZ: de nacionalidad venezolana, natural de La Villa del Rosario, Municipio Rosario de Perijá, de 20 años de edad, fecha de nacimiento 20-01-86, Soltero, Cédula de Identidad N° 19.178.078, hijo de Anibal Jose Báez y Flor Gonzalez (dif), residenciado en el Barrio San Agustino III, vía La Concepción, entrada Melvin Boscán, calle 95, casa Nº 10-17 y JHONNY ALBERTO MONTIEL EPIAYU: de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, de 26 años de edad, fecha de nacimiento 04-08-79, Soltero, Cédula de Identidad N° 16.213.004, hijo de Salomón Montiel y Lucinda Epiayu, residenc.....