Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO QUINTO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REVOCA LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE LA PENA DE LIBERTAD CONDICIONAL a la penada NICOLAS RICARDO MORALES ALVAREZ de nacionalidad Colombiana, natural de San Pues, natural de San Pues, Departamento de Sucre, de 37 años de edad, para la fecha de su detención, Titular de la Cédula de Identidad N° E-92.255.546, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de RUBEN MORALES y de ISABEL ALVAREZ, y residenciado en Sector Los Modines Vía Amparo, Las Lomas, Avenida 80D, Casa No B-25, San Tarcisio, detrás del Ambulatorio Los Modines, concedido en fecha 01-05-05, y en consecuencia, se ORDENA LA APREHENSIÓN E INGRESO A LA CÁRCEL NACIONAL DE MARACAIBO, a través de los organismos policiales y una vez capturada recluirla inmediatamente en la Cárcel Nacional de Maraca.....