Por lo anteriormente expuesto este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: PRIMERO: al imputado RICHARD MADIEL PORTILLO, venezolano, natural de Maracaibo ? Estado Zulia, titular de la Cédula de Identidad Nº. 15.765.583, fecha de nacimiento 13-02-76, de 25 años de edad, soltero, de oficio obrero, hijo de Domingo Pimentel (d) y de Ana Isabel Portillo, y residenciado en el Barrio Amparo, Calle 30, Casa S/N., a una cuadra de Abasto Ocando, de esta Ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, las modalidades de Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad previstas en los Ordinales 3º, y 9º del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, presentación ante el tribunal cada TREINTA (30) DIAS mientras dure la investigación, y la .....