En mérito de las consideraciones precedentemente explanadas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el cuaderno de medidas aperturado en el juicio que por PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA, fue incoado por el ciudadano GEORGE EDWARD SHORTT BELLOSO, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad N° V-5.169.539, en contra de los ciudadanos JOYCE SHORTT BELLOSO, BEATRIZ SHORTT BELLOSO, MARY SHORTT BELLOSO, HORTENSIA SHORTT BELLOSO, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-3.278.566, V-3.278.568, V-5.037.488 y V-7.601.252, respectivamente, y en contra de la sucesión del ciudadano JHON SHORTT BELLOSO (premuerto en la sucesión cuya partición y liquidación se reclama), conformada por los ciudadanos JUAN SHORTT PORTILLO, MARI.....